La discriminación basada en género es la que se presenta cuando el trato diferenciado tiene como motivo la no correspondencia de las personas con las normas sociales que dictan la relación sexo-género-deseo. Es decir, es un procedimiento o trato no igualitario debido al género, orientación o identificación sexual de una persona. El trato no es simplemente diferente, sino que muestra una desigualdad notable. Todo acto de discriminación constituye una violación a los derechos a la dignidad humana, a la participación y a la igualdad, que se genera a partir de un imaginario de superioridad y poder de un grupo sobre otro, como consecuencia de la existencia de características que se entienden conllevan a un lugar privilegiado en determinada sociedad. Lo anterior, trae como consecuencia que quienes no comparten esas características generadoras de poder, sean percibidos como inferiores, situación que se acompaña de actitudes de exclusión, rechazo, censura, prejuicios, estereotipos, deshumanización, invisibilización e instrumentalización para alcanzar propósitos anhelados por quienes ostentan superioridad. Desde el 2011, mediante la Ley 14823, la discriminación es delito en Colombia.
Violencia por prejuicio Es la agresión que se encuentra motivada por el incumplimiento al orden cultural establecido de sexo y género, que considera que los hombres son “superiores” a las mujeres, que las relaciones heterosexuales son las “únicas legítimas”, y que existe una única correspondencia biológica entre los genitales, el sexo y el género. Esta violencia que se ejerce contra las personas LGBT busca reafirmar que no son deseables ni iguales a quienes sí cumplen con los parámetros heterosexuales y cisgénero. Por ello, los actos de violencia contra ellas pueden tener dos usos distintos: - Mantener a estas personas en una posición subordinada, puesto que su diferencia se considera tolerable y necesaria para mantener el orden social, es decir, un uso jerárquico de la violencia. - O eliminar a estas personas cuando se considera que su diferencia es intolerable y contraria al orden social, es decir, un uso excluyente de la violencia. De allí que, la violencia por prejuicio hacia las personas LGBT se pueda entender como una forma de violencia basada en género ya que es “impulsada por el deseo de castigar a las personas cuyo aspecto o comportamiento parece desafiar los estereotipos de género”. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos,OACNUDH. (2015). Discriminación y violencia contra las personas por motivos de orientación sexual e identidad de género. A/HRC/19/41. Tener una opción sexual o de género diferente de la heterosexual y cisgénero, no puede ser motivo de un trato excluyente, la negación de un servicio, de la configuración de una falta disciplinaria sanciones o un trato degradante, ya que esto sería discriminación. Corte Constitucional, sentencias C-481 de 1998, C-075 de 2007, T-909 de 2011, C-071 de 2015, T-030 de 2017, T-141 de 2017, T-335 de 2019. ¿Qué hacer si se le niegan la entrada a un lugar en razón del sexo, orientación sexual o identidad de género?
En este caso se debe trasladar el expediente al inspector de policía dentro de las 24 horas siguientes y éste tendrá tres (3) días para resolver la apelación, en caso de que se presente. ¿Qué hacer si se le impiden mostrar afecto a una pareja por razón de orientación sexual, en espacios públicos o abiertos al público?
En todos los casos que se imponga una medida correctiva se debe trasladar el expediente al inspector/a de policía, quien dentro de las 24 horas siguientes y éste tendrá tres (3) días para resolver la apelación en caso de que se presente. Las expresiones de afecto entre personas del mismo sexo o parejas de personas trans, no pueden ser objeto de sanción legal, son un ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad. Así lo señala la Corte Constitucional T-909 de 2011, T-335 de 2019 y lo expresa el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, artículo 33 parágrafo 2. Fuente: Cartilla “Consúltele al experto LGBT” - Colombia Diversa |